Corte de Apelación de La Ceiba debe resolver amparo favorablemente y liberar defensores de Guapinol
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Corte de Apelación de La Ceiba debe resolver amparo favorablemente y liberar defensores de Guapinol
22 de diciembre
Honduras
Los ocho defensores de Guapinol y Sector San Pedro deben ser liberados inmediatamente por medio del recurso de amparo que hoy se presentó ante la Corte de Apelaciones de La Ceiba por la defensa técnica. Con la acción legal los magistrados Irasema Guillen, Jimmy Chirinos, Rubenia Galeano, Garin Enoc Urquia deben suspender el fallo no fundamentado de la Jueza de Letras de Tocoa Zoé Guifarro y liberar los defensores por violación a sus derechos fundamentales establecidos en la Constitución de la República y Tratados Internacionales de Derechos Humanos.
La defensa técnica acude a la Corte de Apelaciones de La Ceiba como resultado de la resolución emitida el 19 de diciembre no apegada al derecho y por ausencia de motivación de la Jueza Zoé Guifarro, cuando declaró sin lugar la petición de sustituir la medida cautelar de prisión preventiva por considerar que no existen elementos nuevos. La jueza no hizo un análisis detallado del planteamiento de la defensa y no consideró la caución ofrecida y demostró claramente su vínculo con Walter Sánchez y Angie Destephen de la Fiscalía de Tocoa para criminalizar los defensores con el fin de avanzar los intereses económicos de la empresa Inversiones Los Pinares, la cual opera en la zona sin el consentimiento de la población afectada.
Durante la audiencia, que se celebró el 18 de diciembre, ni el Fiscal Sánchez ni el abogado de Inversiones Los Pinares presentaron razones jurídicas fundadas para mantener la medida cautelar de detención preventiva. No hay elementos legítimos para la aplicación de la medida cautelar, como lo han expuesto claramente la defensa y los juristas independientes. La sentencia no respeta las convenciones internacionales ni los derechos constitucionales y legales.
Como resultado, el 20 de diciembre, el equipo de defensa presentó una apelación para revocar el fallo. Sin embargo, la Jueza Guifarro negó la tramitación de la apelación, citando la suspensión de los términos legales por las vacaciones de fin de año. Insatisfechos con su decisión, y citando el artículo 128 del Código Procesal Penal, los abogados defensores argumentaron que el plazo de vacaciones no se aplica a los asuntos penales y que debería haber una resolución. El 22 de diciembre presentaron el recurso de amparo ante la Corte de Apelaciones.
De acuerdo con las normas establecidas en el artículo 51 de la Ley Sobre Justicia Constitucional, la Corte de Apelaciones de La Ceiba debe ahora sesionar inmediatamente y admitir el recurso de amparo, pues ningún acusado podrá ser privado de la protección judicial contra la violación de sus derechos.
La arbitraria decisión de Zoé Guifarro no es aislada, sino que se suma a una serie de ilegalidades que se han evidenciado en el caso desde que la empresa minera comenzó a desarrollar proyectos mineros en un área protegida sin consultar previamente a la población afectada como lo exige la ley. La Corte de Apelaciones de La Ceiba debe rectificar inmediatamente su fallo y liberar a los defensores de Guapinol.
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El recurso de amparo es un recurso a disposición de toda persona cuyo derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad sea violado o amenazado de violación por una acción u omisión ilícita de un funcionario o empleado público, o de una persona o entidad privada.
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