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CSJ debe subsanar fallo distorsionado y liberar a defensores de Guapinol arbitrariamente detenidos

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CSJ debe subsanar fallo distorsionado y liberar a defensores de Guapinol arbitrariamente detenidos


Tegucigalpa, 7 de abril de 2021


Los ocho defensores de Guapinol y Sector San Pedro detenidos ilegalmente presentan hoy un amparo contra la sentencia distorsionada y maliciosa de la Corte de Apelaciones de La Ceiba por violación de derechos fundamentales establecidos en la Constitución de la República y Tratados Internacionales de Derechos Humanos. La presentación del amparo se produce un día después de la presentación de un Habeas Corpus por parte de la Comisionada del CONADEH, Blanca Izaguirre, que insta a la aplicación de las normas internacionales para garantizar la liberación inmediata de los defensores.


En fecha 18 de diciembre de 2020 se realizó audiencia de revisión de medidas cautelares en el Juzgado de Letras de Tocoa y la Jueza Zoé Guifarro resolvió declarar sin lugar la petición de la defensa, manteniendo ilegalmente la medida cautelar de prisión preventiva. Contra esa resolución se presentó un recurso de apelación ante la Corte Segunda de Apelaciones de La Ceiba.


El 2 de febrero de 2021, la y los magistrados Irasema Guillén, Jimmy Chirinos y Garin Enoc Urquía confirmaron la detención arbitraria de los ocho defensores del agua, empleando un razonamiento relacionado con la culpabilidad, y luego interpretando erróneamente la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.


El Tribunal de Ceiba rechazó el argumento de los defensores de que se habían presentado voluntariamente, que una reforma al Código Procesal Penal permite otras medidas además de la prisión preventiva y que los cargos iniciales de asociación ilícita habían sido retirados hace tiempo.


Cabe mencionar que en ningún momento se ha acreditado la participación individual de los ocho defensores en los supuestos hechos del 8 de septiembre de 2018 por los cuales se les acusan. La Corte Interamericana ha determinado que para privar de la libertad a alguien, se requiere de pruebas suficientes de la participación de esa persona en el delito. Sin embargo, la Corte de Ceiba no discute las acciones, ni siquiera la presencia, de los ocho defensores en el campamento de protesta ese día.

Además, la justificación de los magistrados de La Ceiba para citar la gravedad de los presuntos delitos distorsiona las normas internacionales. Esta lógica asume que los defensores son culpables, y por lo tanto viola claramente la presunción de "inocencia hasta que se demuestre la culpabilidad", garantizada en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La prisión preventiva debe ser una medida "excepcional" promulgada "únicamente para garantizar la representación del acusado en el proceso judicial".


El febrero, el Grupo de Trabajo sobre Detenciones Arbitrarias de la ONU pidió públicamente que Honduras remedie la situación de detención ilegal sin dilación, pero el Estado no ha reaccionado para liberar e indemnizar los defensores.


La decisión emitida por la Corte de Apelaciones de La Ceiba no hace más que demostrar el fracaso de las autoridades hondureñas en el cumplimiento de sus obligaciones en materia de derechos humanos, ya que mantiene la detención sin hacer una valoración individual y tergiversando los estándares de derechos humanos.


Instamos que la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia corrige el error de la Corte de Apelaciones de La Ceiba para garantizar la libertad inmediata de los defensores Daniel Márquez, Kelvin Romero, José Abelino Cedillo, Porfirio Sorto, Orbín Hernández, Arnol Alemán, Ewer Cedillo Cruz que llevan 585 días de prisión preventiva ilegal y Jeremías Martínez Díaz, con sus 855 días de detención ilegal.

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